Tras años de conflictos por fin habrá elecciones en el ejido La Pila. Luego de que se emitiera la convocatoria, para la elección de los órganos de representación del Ejido La Pila y sus anexos, luego que los grupos en conflicto llegaron a un acuerdo, a través de la Procuraduría Agraria y del Tribunal Agrario.
A partir del domingo 10 de enero, se tiene un plazo para que se reúna la asamblea de ocho a quince días, a partir de la publicación de la primera convocatoria.
La minuta fue firmada por el Magistrado del Tribunal Unitario Agrario distrito 25, licenciado Juan Rodolfo Lara Orozco y el Delegado Federal de la Procuraduría Agraria, profesor Ernesto Rendón Aguilar, así como los representantes de los grupos en conflicto.
Los antecedentes del caso señalan que el 10 de enero de 2018 fueron electos para dos años como integrantes propietarios del comisariado ejidal Pedro Adrián Martínez López, Armando Cuauhtémoc Zárate Arvizu y Cesáreo Araujo Torres, estarían en funciones hasta el 10 de enero de 2021, elección que, sin embargo, fue impugnada mediante la instauración de un juicio agrario radicado en el Tribunal Unitario Agrario Distrito 25, que se encuentra pendiente de resolver.
Los puntos de acuerdo indican que; Será el Delegado Federal de la Procuraduría Agraria, en uso de sus facultades, quien convoque a la asamblea de ejidatarios del poblado La Pila, a fin de realizar la elección de órganos de representación y vigilancia.
Esta minuta hará las veces de la solicitud a que se refiere el artículo 24 de la Ley Agraria.
La primera convocatoria deberá expedirse el 10 de enero de 2021 para que la asamblea se reúna en un plazo legal de ocho a quince días.
La asamblea se celebrará en el local del señor Luciano Ávalos, ubicado dentro del ejido, en “Camino Viejo a Santa María”, entre las calles de “Lagunilla” y “Venustiano Carranza”; lo que debe especificarse en la convocatoria y/o en las convocatorias correspondientes.
Para verificar el quórum legal necesario de la asamblea, se utilizará el padrón de ejidatarios extendido el 17 de octubre de 2018, que incluye un total 528 ejidatarios.
En caso de que a la asamblea se presenten sucesores de ejidatarios, considerados en el padrón citado en el punto anterior, y que a la fecha de la reunión hayan fallecido, deberán demostrar la transmisión a su favor de los derechos de ejidatario, con la resolución o sentencia del Tribunal Unitario Agrario distrito 25, o en su defecto, con la constancia de transmisión de derechos extendida por el Registro Agrario Nacional.
En caso que exista dualidad de derechos, el ejidatario de que se trate emitirá un solo voto, ya que este es personal.
Los participantes de la asamblea de ejidatarios motivo de la convocatoria de que se trata, así como los representantes de cada grupo, se comprometen a que durante su celebración se conducirán de manera apropiada sin realizar agresiones físicas o verbales entre sí.
Las partes firmantes del documento, se comprometen a respetar y no objetar los resultados de la elección de órganos de representación y vigilancia, que será motivo de la asamblea de ejidatarios convocada.
Finalmente cabe señalar que por motivos de la pandemia, de todos conocidos, la reunión será con la observancia de las medidas de protección sanitaria que recomienden las autoridades estatales de salud.