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Congreso suprime términos pame y xi’oi de la Constitución Política del Estado

Se sustituyen por el término correcto Xi’iuy que efectivamente da identidad a la etnia.

El Congreso del Estado, aprobó la iniciativa presentada por la diputada Gabriela Martínez Lárraga, y C. Carmelo Rodríguez Rojas, Presidente de los Pueblos Indígenas de las Etnias Xi’iuy, Tének y Náhuatl, donde se reforma el artículo 9° en su párrafo primero de la Constitución Política del Estado. Reformar el artículo 3° en su párrafo último de la Ley de Consulta Indígena para el Estado.

En el dictamen aprobado, se suprimen los términos pame y xi’oi del texto de la Constitución Política del Estado, así como de la Ley de Consulta Indígena, para sustituirlos por el término correcto Xi’iuy que efectivamente da identidad a la etnia.

La diputada Bernarda Reyes Hernández, Presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas comentó que, “de esta manera empezaremos a construir un camino de respeto y coordinación con nuestros pueblos indígenas, a fin de dar respuestas efectivas a sus reivindicaciones y aspiraciones, garantizando sus derechos y fortaleciendo sus culturas e identidades colectivas.”

Explicó que, este grupo disperso en parte del suelo potosino, con una presencia importante en el “Ejido La Palma” (municipio de Tamasopo) donde se concentran aproximadamente treinta comunidades, señalan que la palabra pame no es aceptada por los habitantes de la etnia Xi’iuy, como un término que deba representar la identidad étnica, en razón de que es utilizado constantemente para denigrar la condición humana de las personas, dado que su significado se refiere a «persona tonta y negativa», por lo que les resulta despectivo.

Finalmente dijo que, el derecho a la identidad cultural y a la libre autodeterminación son derechos fundamentales que hasta el momento no han podido tener plena vigencia, incluso con todo el apoyo de organismos, declaraciones, y convenciones internacionales, por lo que con esta aprobación, el Congreso del Estado, busca garantizar y respetar los derechos de los pueblos originarios.

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