
Como ya se ha dicho con anterioridad, la Secretaría de Hacienda ya prepara el terreno para empezar a cobrar impuestos a las diferentes plataformas tecnológicas que ofrecen servicios a través de apps, como Uber o Netflix. En esta ocasión, Airbnb y HomeAway están en la mira de estos incrementos pues ya comenzarán a cobrar impuestos cada vez que hagas uso de ellas.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una modificación al Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para este 2019. En el cambio, estableció que todos los servicios de hospedaje que se den mediante estas aplicaciones estarán obligados al pago del ISR y del IVA. Esto quiere decir que, cuando hagas uso de ellas, tendrás que pagar impuestos y, de no hacerlo, será considerado como “práctica fiscal indebida”.
Gustavo Leal, director ejecutivo de la consultora Fiscalia.com, señaló que el criterio está dirigido a los anfitriones que ofrecen en una plataforma su casa, departamento o una habitación, por la cual reciben ingresos, sin embargo, consideró que es confuso porque el SAT clasifica a todos los anfitriones como actividad empresarial cuando solo rentan un espacio.
“El problema del criterio es que dice que los ingresos por rentar un espacio son régimen de actividad empresarial debido a la actividad de hospedaje, lo que omite el SAT es que no todos los contratos de Airbnb son de hospedaje (con servicios como un hotel) muchos pueden ser de mero arrendamiento y en ese sentido se puede tributar en el régimen de arrendamiento que tiene la ventaja de gozar de una deducción ciega de 35 por ciento”, explicó.
El criterio que emitió el SAT por ahora no es vinculativo, es decir, se trata de una opinión de la autoridad que no está sujeta a obligación, pero es una “primera llamada”.
Con información de El Financiero.
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