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Aprueban Ley Ingrid; castigo a quienes filtren datos y fotos de víctimas

El Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen de la “Ley Ingrid”, con la que se busca sancionar penalmente a los servidores públicos que difundan información reservada o documentos del lugar o los hechos del hallazgo relacionado con algún procedimiento legal.

Con el objetivo de sancionar penalmente a la persona servidora pública que de forma indebida difunda información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal, el Congreso de la Ciudad de México aprobó dictamen para reformar el Código Penal local. Con esto se podría imponer de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien incurra en dichos actos.

Asimismo se precisa que las sanciones previstas aumentarán en una tercera parte, si la información que se difunda es con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.

“Me entró el diablo y la desollé”, asesino de Ingrid Escamilla

Caso Ingrid Escamilla

El caso de Escamilla, el 9 de febrero de 2020, conmocionó al país debido a la saña que aplicó su pareja sentimental para asesinarla y a la cobertura mediática, muy criticada, por su crudeza.

El crimen de Escamilla se hizo viral en México no solo por su crueldad, sino porque además del video en la patrulla se filtraron fotos del cuerpo descuartizado de Escamilla, que aparecieron tanto en la prensa sensacionalista como en las redes sociales.

A raíz del feminicidio de Escamilla, la Fiscalía capitalina presentó una iniciativa al Congreso local para crear el artículo 293, la llamada Ley Ingrid, con el que sanciona a servidores públicos que filtren imágenes, archivos o información de una carpeta de investigación en trámite.

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