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INE notifica al PRD por posible pérdida del registro

* El Partido de la Revolución Democrática no alcanzó el 3% de la votación válida en las pasadas elecciones federales

Después de 36 años, está a un paso de llegar el fin para el PRD. El Instituto Nacional Electoral, mejor conocido como el INE, informó al Partido de la Revolución Democrática que ha ingresado al período de prevención debido a que, según los resultados preliminares de los cómputos distritales, no alcanzó el 3% de la votación válida emitida en las elecciones federales celebradas el pasado 2 de junio.

Este período de prevención es un paso previo que lleva normalmente a la pérdida del registro como partido político nacional.  Dicho período está regulado por el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos y se aplica cuando un partido no cumple con el mínimo de votos y conlleva varias etapas, mismas que están detalladas por los artículos 382 Bis al 398 del Reglamento de Fiscalización para la liquidación del partido.

A partir de ahora, el PRD deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Gastos Limitados: Solo se podrán pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos.
    Suspensión de Pagos: Deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.
  • Contratos Nulos: No podrá celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones. Las que celebre, adquiera o realice, serán nulas.
  • Suspensión de Pagos Vencidos: Suspender pagos de obligaciones vencidas.
  • Abstención de Enajenar Activos: Abstenerse de enajenar activos del partido político.
  • Transferencias Prohibidas: Abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero.
  • Entrega de Activos y Pasivos: Deberá entregar de manera formal, a través de Acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento.
  • Actividades Limitadas: No podrá realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer líquido su patrimonio.

La Comisión de Fiscalización deberá designar en los próximos días a la persona que fungirá como interventora en el procedimiento de liquidación del PRD.

Seguiremos informando.

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