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¿Sin dinero para la boda? El IMSS te ayuda con los gastos

Después de estar varios años en una relación, es normal que se quiera dar el siguiente paso y querer casarse, pero esto no siempre es muy fácil ya que organizar la fiesta puede costarte “un ojo d ella cara”. Afortunadamente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tiene un programa de ayuda con el cual te da un apoyo para solventar los gastos, si quieres saber un poco más del proyecto, quédate hasta el final de la nota.

El programa se llama Ayuda para Gastos de Matrimonio, este programa va dirigido para todos los derechohabientes que planean casarse. El apoyo también está destinado para todas las personas que estén casadas ante el Juzgado Civil. Si estás entre las personas que pueden pedir la ayuda, es momento de que comiencen los preparativos de la boda.

Para solicitar la ayuda solo debes ingresar al portal del seguro, pero antes de que continúes con el proceso, es importante que conozcas que se trata de un préstamo disponible para las personas aseguradas. El solicitar la ayuda genera un importe, este se calculará por el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, cuando sea la fecha del matrimonio.
  • Es necesario no haber ejercido este derecho anteriormente.
  • Si es que se registró a otro cónyuge como beneficiario, se debe acreditar la disolución del vinculo matrimonial o el fallecimiento.
  • Cualquiera de los cónyuges no debe haber sido registrado anteriormente en el instituto.
  • Estar vigente como asegurado y si dejaron de pertenecer al Régimen Obligatorio, será posible solicitar la prestación si es que el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados desde su baja.
  • Si es que se contrajo matrimonio civil, este tuvo que haber sido celebrado con posteridad al 30 de junio de 1997.
  • Número de Seguridad Social y nombre del asegurado o pensionado.
  • Identificación Oficial con fotografía.
  • Algún documento o identificación emitida por el IMSS, Infonavit o AFORE.
  • CURP
  • Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE y tenga antigüedad no mayor a seis meses.
  • Copia certificada del Acta de Matrimonio.
  • Copia certificada del Acta de Divorcio o Matrimonio con la anotación marginal de la disolución del vínculo matrimonial.
  • Copia Certificada del Acta de Defunción del cónyuge beneficiario.

O te casas a puerta cerrada o reagendas tu boda: Iglesia

Seguiremos informando.

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