En Valencia, España, un hombre ha tratado sin éxito de ingresar completamente desnudo a los juzgados de esa Ciudad para asistir a su juicio por exhibicionismo.
Según ha explicado a los periodistas el Abogado Pablo Mora, su cliente, Alejandro Colomar, es el hombre acusado por andar «encuerado» en las calles y estaba citado para determinar si procedía su recurso de amparo a una sanción administrativa de la que fue objeto por pasearse «en pelotas».
En anteriores ocasiones, Colomar, ha explicado el abogado, Pablo Mora, también ha sido sancionado en la vía penal, si bien estas condenas se encuentran pendientes.
El hecho ocurrió cuando tres agentes de la Guardia Civil, del grupo de seguridad de la Ciudad de la Justicia de Valencia, le han impedido el paso a Colomar cuando trataba de ingresar desnudo al juzgado, e inmediatamente otro grupo de cinco policías nacionales le han rodeado y le han obligado a vestirse con la advertencia de que sería propuesto para sanción si no lo hacía, dado que en ese preciso instante un menor también estaba accediendo al edificio.
Alejandro Colomar es un exhibicionista recurrente y ya tuvo un juicio penal, que perdió luego entrar a una comisaría encuerado.
«La mayoría de sanciones que le ponen no suelen ser por la vía penal, sino por la administrativa, es decir, una multa. Por el momento, hemos ganado alguna sentencia alegando la vulneración de sus derechos fundamentales o del principio de legalidad, ya que muchas ciudades no tienen ordenanza al respecto», explicó el abogado.
«Nosotros no creemos que sea obsceno ir por la calle desnudo. Masturbarse o hacer actos obscenos sí lo sería. Entendemos que ir desnudo es ejercer la libertad ideológica», explica Pablo Mora, quien lamenta que recientemente «el director de un colegio de Torrent le ha denunciado por pasar según él, ‘a propósito’ desnudo enfrente del colegio, cuando realmente acude a un huerto que tiene allí».
El abogado advierte que «la ley no es clara, hay un vacío legal que ha de ser cubierto por ordenanzas municipales que la mayoría de ciudades no tienen, por eso entendemos que se vulnera el principio de legalidad».
A pesar de que no existe demasiada jurisprudencia al respecto, el abogado Pablo Mora explica que «hay precedentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, concretamente un caso del Reino Unido, en el que se entiende que el nudismo está amparado por la libertad ideológica y de expresión. Ese es nuestro alegato fundamental, pero hay que llegar a las instancias que corresponda, y ahora mismo el Supremo no comparte esa postura», concluyó.