El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los promocionales del Partido Morena, en la que calificaron como “traidores a la patria” a legisladores federales que votaron en contra de la reforma eléctrica, constituyeron actos de calumnia electoral.
Por unanimidad, las y los magistrados de la Sala Superior revocaron la resolución que determinaba que dicha expresión estaba amparada por la “libertad de expresión” y ordenaron analizar si derivado de la existencia de la calumnia, se actualiza el uso indebido de la pauta, como lo denunciaron el PRI y Movimiento Ciudadano en sus demandas.
En otro asunto el TEPJF revocó otra sentencia de la Sala Regional Especializada en la que declaró la inexistencia del uso indebido de recursos públicos que el PRD denunció contra del presidente municipal de Ecatepec, Estado de México y otros servidores públicos.
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