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Busca Congreso del Estado reclasificar animales de asistencia en SLP

* Actualmente solo se establece la existencia de perros guía

Fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos una iniciativa de reforma a la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado y Municipios y la Ley de Protección a los Animales para el Estado, para reclasificar a los tipos de animales que pueden funcionar como compañeros de asistencia, y así, no solo tener registrados a los perros y ampliar las posibilidades para personas con diferentes discapacidades.

Las personas en situación de discapacidad pueden utilizar animales de asistencia debido a una variedad de razones. Los también llamados animales de servicio son entrenados para ofrecer compañía, consuelo, afecto y apoyos físicos a personas que lo necesitan, ya que estos animales dedican su vida a apoyar y acompañar a personas con discapacidad o con una condición física o mental.

Cada animal de asistencia es entrenado para cumplir labores especificas dependiendo de la persona y sus necesidades, su entrenamiento puede durar entre seis meses y dos años dependiendo del grado de especialización que requiera el usuario final. Por ejemplo: una persona con movilidad limitada podrá beneficiarse con un animal capaz de abrir cajones, señalar objetos con la nariz, llevar cosas y prender y apagar la luz.

Dentro de la exposición de motivos de la Ley de Protección a los Animales del Estado se define a los animales de asistencia como: aquel que ha sido adiestrado individualmente en instituciones y centros especializados, nacionales o del extranjero, para llevar a cabo actividades de apoyo a personas con discapacidad física, emocional, mental o sensorial.

Seguiremos informando.

 

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