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Anuncian los puentes y días feriados para 2025

*Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, 2025 contará con ocho días festivos obligatorios

México está a punto de iniciar un nuevo año, y con ello, surgen las expectativas sobre los días de descanso obligatorio que trae consigo 2025. Si bien muchos ya disfrutan de los días festivos de diciembre de 2024, es hora de empezar a planear los próximos «puentes» y vacaciones. Para ello, la Ley Federal del Trabajo es clara en cuanto a los días feriados que todos los trabajadores deberán respetar el próximo año.

Según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, 2025 contará con ocho días festivos obligatorios que serán de descanso para la mayoría de los trabajadores. Estos días son los siguientes:

  1. 1° de enero – Año Nuevo
  2. Primer lunes de febrero – Conmemoración del 5 de febrero
  3. Tercer lunes de marzo – Conmemoración del 21 de marzo
  4. 1° de mayo – Día del Trabajo
  5. 16 de septiembre – Día de la Independencia
  6. Tercer lunes de noviembre – Conmemoración del 20 de noviembre
  7. 25 de diciembre – Navidad
  8. Día de la Jornada Electoral – Dependiendo de las elecciones ordinarias que se realicen en el año (por ejemplo, en procesos federales o locales).

No todos los días festivos caerán en fechas que permitan descansos prolongados, pero algunos serán reubicados para formar los tan esperados fines de semana largos. En 2025, habrá tres puentes importantes:

  • 5 de febrero (Conmemoración del 5 de febrero): Originalmente cae en miércoles, pero se moverá al lunes 3 de febrero.
  • 21 de marzo (Conmemoración del 21 de marzo): Aunque cae en viernes, será un excelente puente para quienes ya se han acostumbrado a los fines de semana largos.
  • 20 de noviembre (Conmemoración del 20 de noviembre): Este día cae en jueves, pero se moverá al lunes 17 de noviembre, permitiendo un descanso extendido.

Además de los días festivos establecidos por la Ley Federal del Trabajo, también existen periodos vacacionales, aunque estos no aplican para todos los trabajadores, sino principalmente para estudiantes y trabajadores del sector educativo.

  • Semana Santa: Del lunes 14 de abril al viernes 25 de abril.
  • Vacaciones de verano: Comienzan el viernes 19 de julio.

El pago por trabajar en días festivos

Es importante recordar que, según el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que deban laborar en días festivos obligatorios tienen derecho a recibir un pago especial. Además del salario normal que corresponde al día de descanso, se les debe pagar un extra equivalente al doble de su salario diario normal.

En caso de que el día festivo coincida con el día de descanso semanal del trabajador, la ley establece que se debe pagar, además del salario por el descanso obligatorio y el doble del salario, la prima dominical correspondiente (según el artículo 71).

Por lo tanto, si un trabajador labora en un día festivo que también es su día de descanso semanal, podría recibir hasta el triple de su salario diario, más la prima dominical.

 

Seguiremos informando.

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