Con la llegada de diciembre, muchos trabajadores esperan recibir diversas prestaciones como aguinaldo, caja y fondo de ahorro, así como primas vacacionales. Sin embargo, surge la pregunta: ¿se deben pagar impuestos por estas gratificaciones? Aquí te contamos lo que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Según el artículo 93 de la LISR, los ingresos de los trabajadores que no pagan impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) están especificados. La fracción XI de este artículo exime de impuestos los ingresos provenientes de cajas y fondos de ahorro establecidos por las empresas para sus empleados.
En cuanto al aguinaldo, este no paga impuestos si la gratificación anual es inferior al equivalente a 30 días de salario mínimo. Si supera este monto, es necesario cumplir con la obligación fiscal. Es importante tener en cuenta que, según la ley, el aguinaldo debe ser pagado a los trabajadores activos antes del 20 de diciembre.
La fracción XIV del artículo 93 de la LISR establece que las primas vacacionales otorgadas por los patrones estarán exentas de impuestos hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador. Si supera este límite, se aplicarán impuestos.
La caja y el fondo de ahorro, prestaciones superiores a la ley, no están sujetas a impuestos. Sin embargo, los trabajadores tienen un año para demandar ante la autoridad laboral si no reciben las prestaciones obligatorias como aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. En caso de incumplimiento, se puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría legal gratuita y personalizada llamando al 8009117877 y 8007172942, de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.