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Será delito la autorización indebida de ocupación de suelo

• Proponen sancionar con hasta 5 años de prisión a quién cometa dicha acción

 

La diputada Liliana Guadalupe Flores Almazán presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, iniciativa que plantea adicionar fracción VIII al artículo 308 del Código Penal del Estado con el objetivo de adicionar el delito de autorización indebida de ocupación de suelo.

La legisladora comentó que, con esta reforma el marco legal estatal estaría en condiciones de cumplir con la Ley General de Asentamientos Humanos, ya que esa adecuación debió haber sido hecha en el año 2017, y que no puede esperar debido a la situación actual de crecimiento acelerado de las manchas urbanas en el Estado, mismo que debe conducirse conforme a derecho.

La propuesta señala que; se impondrán de seis meses a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de mil a tres mil días del valor de la unidad de medida y actualización, a quien sin contar con la autorización municipal que los ordenamientos correspondientes exijan: Propiciar, permitir o autorizar cualquier acto de ocupación irregular de áreas y predios en los centros de población, o de asentamiento humano o construcción, en polígonos de protección, salvaguarda y amortiguamiento en torno a la infraestructura o equipamientos de seguridad nacional o de protección en derechos de vía, o zonas federales, o bien no respetar la definición de área urbanizable.

Finalmente la legisladora comentó que, la Ley General de Asentamientos Humanos, de acuerdo a su artículo primero, tiene entre sus objetivos, fijar las normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los Asentamientos Humanos en el país, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente.

La propuesta fue turnada a las comisiones de Justicia y Desarrollo Territorial Sustentable para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Poder Legislativo para su discusión y en su caso, ser votada.

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