La jornada laboral de trabajo no debería extenderse más allá de lo que señala el contrato que el empleado ha hecho con la empresa, pero en muchas ocasiones esto no se respeta.
De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo (LFT) las horas extraordinarias en un empleo pueden extenderse hasta por tres horas más, pero el empleado tiene derecho a recibir una remuneración por ese tiempo extra.
México es de los países del mundo que más tiempo mantiene a las personas en sus lugares de trabajo. Según datos de la OCDE, el mexicano trabaja 480 horas más que el promedio de los países en esta organización.
¿Cómo se deben pagar las horas extra en México?
Según el artículo 61 de la LFT, la duración máxima de la jornada es: diurna, 8 horas; nocturna, 7 horas; y mixta, 7.5 horas. Estas se pueden prolongar por circunstancias extraordinarias, de acuerdo con el artículo 66, pero “sin exceder las tres horas diarias ni de tres veces en una semana”.
El pago por horas extra debe ser del 100% más del salario correspondiente a las horas de la jornada normal. Tomemos como referencia el salario promedio de una hora en México que es de 33.50 pesos. En este caso, una hora extra deberá pagarse en 67 pesos.
Pero si las horas extra son más de 9 en una semana, entonces el patrón está obligado a pagar 200% más cada hora adicional. A esto se le llama horas extras triples.
En resumen, si durante toda una semana te quedaste en tu chamba tres horas más, acumulaste 15 horas extraordinarias y entonces debieron pagarte 9 horas extras y 6 horas extra triples.
Pongamos el ejemplo hipotético con alguien que gana 100 pesos por hora y que trabajó 15 horas extra en una semana:
Por 9 horas extra se le pagarán 1,800 pesos, más 6 horas extra triples que se le pagarán también 1,800 pesos. En total recibirá 3,600 pesos.
¿Se cuentan los minutos como tiempo extra en el trabajo?
Sí. Desde el 6 de junio de 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó por unanimidad tomar en cuenta los minutos y acumularlos en una semana para que se paguen con respecto a la ley. Esto es lo que dice el texto aprobado:
“Tiempo extraordinario, los minutos o fracciones de horas laborados, excedentes a la duración de la jornada laboral, son acumulables a la semana y serán pagados en términos de ley por unidad de hora completa”.
Ahora que lo sabes, ¿crees que te quieran pagar ese tiempo extra?