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Banxico garantiza liquidez a bancos para el financiamiento a mipymes

El Banco de México dio a conocer que habrá medidas con el fin de proveer recursos a las instituciones bancarias para fortalecer los canales de otorgamiento de créditos a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas.

Banxico señala que pretende continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y velar por su estabilidad, por lo que se decidió realizar los siguientes ajustes:

1 Sobre el destino de los recursos de las Facilidades.

  • Precisar que las instituciones bancarias participantes (Instituciones) pueden realizar operaciones de arrendamiento y factoraje financieros con las MiPyME, además del otorgamiento del crédito actualmente contemplado, con los recursos derivados de las Facilidades. Esto obedece a que las Instituciones ofrecen estas operaciones a las MiPyME como vehículo de financiamiento utilizado ampliamente para satisfacer sus necesidades de capital fijo y de trabajo.
  • Permitir a las Instituciones que, con los recursos derivados de la facilidad identificada con el numeral 7 del anuncio referido, otorguen a las personas físicas créditos hipotecarios y automotrices con los límites y condiciones que se establezcan para ello. Esto tiene como objetivo ampliar los apoyos a dichas personas, al tiempo de coadyuvar a la recuperación de las industrias automotriz y de vivienda y construcción, así como a todas las cadenas de valor y empleos que dependen de dichas industrias.
  1. Sobre las garantías requeridas a las Instituciones para obtener recursos de las Facilidades:

– Aceptar esquemas de fideicomisos en los que se afecten los derechos correspondientes a portafolios de créditos hipotecarios, como garantías para los financiamientos que el Banco de México otorgue a las Instituciones bajo la facilidad identificada con el numeral 8, que cumplan con las condiciones establecidas para dichos efectos. Esto permitirá acceder a los recursos de esta facilidad a aquellas Instituciones que no cuenten con una cartera de créditos a empresas que emitan deuda bursátil, conforme a lo requerido actualmente, pero que sí originen créditos hipotecarios, los cuales se podrán ofrecer en garantía para respaldar adecuadamente el pago de los financiamientos otorgados a las Instituciones.

  1. Sobre aspectos operativos de las Facilidades:

– Extender, a tres meses, el plazo para que las Instituciones dispongan de los recursos derivados de estas Facilidades para que otorguen los créditos a que estas se refieren.

– Permitir que las Instituciones dispongan del monto total asignado mediante ministraciones parciales en las semanas que soliciten, a fin de que puedan colocar los recursos de dichas ministraciones en los créditos respectivos durante los próximos 20 días hábiles a cada ministración.

– Precisar que los créditos y arrendamientos y factorajes financieros que las Instituciones hayan celebrado con las MiPyME y personas físicas, 2 según corresponda, puedan incluirse como objeto de los recursos otorgados bajo las propias Facilidades a partir de la entrada en vigor de la Circular 20/2020 y 25/2020, según corresponda.

– Incluir entre los plazos del financiamiento de la Facilidades las opciones 12, 24 y 36 meses, a elegir por la Institución solicitante.

El Banco de México, agregó que estos ajustes se amplía y fortalecen las medidas para mejorar los canales de otorgamiento de crédito.

Para finalizar, aseguró que está atento a las condiciones financieras del país y de ser necesario se tomarán más acciones.

Seguiremos informando

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