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Tribunal Electoral da duro revés a Erika Briones, ordena dar oficinas y asesores a los regidores

Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral de San Luis Potosí dio un duro revés a la alcaldesa de Villa de Reyes, Erika Irasema Briones Pérez, luego de que la perredista quitó, a los regidores incómodos, oficinas, recursos para asesores, papelería, viáticos, gasolina y equipo, ordenando que se los regrese o de lo contrario, ella tampoco los tenga.

Durante la sesión del pleno de esta mañana, las magistradas Yolanda Pedroza, Dennise Adriana Porras y el magistrado Rigoberto Garza de Lira, declararon “equivocada” la interpretación realizada por la responsable, o sea la alcaldesas Erika Briones que, dijeron, “resulta incorrecta y en exceso restrictiva en perjuicio de los actores”.

En la sesión de Cabildo del 5 de agosto, la alcaldesa Erika Briones quitó a los regidores María Consuelo Zavala González, Alma Graciela Segura Hernández y Carlos Gerardo Espinoza Jaime, un bono de 20 mil pesos que sí dio a los regidores que se alinean a sus caprichos y forma de trabajar, además de que les negó personal administrativo, asistentes, pago de gastos, viáticos, gasolina y recursos financieros para actividades que requieren para cumplir con los compromisos que sus comisiones les requieren.

Bajo el argumento de “derecho inherente al cargo”, desestimaron los razonamientos que hizo Erika Briones para quitarles los recursos mencionados. Según la alcaldesa y la “chica del PAN”, que fue quien tuvo a cargo la defensa de la decisión de Cabildo, basados en los artículos 84 y 91 de la Ley Orgánica del Municipio, en las que se sostiene que “el apoyo administrativo sólo será a dependencias, unidades y organismos municipales” y según Briones, “no incluye a las autoridades edilicias”.

Los magistrados aseguraron que dicha interpretación es incorrecta ya que “los regidores como integrantes del cuerpo edilicio caben dentro de los sujetos que deben contar con el apoyo administrativo ya que en atención a las unciones que se encuentran llamados a realizar, encuadran de manera análoga en la categoría de los organismos allí referidos”.

Sentencian, enérgicamente, que “de aceptar una interpretación en contrario, implicaría de manera absurda que tampoco la presidenta municipal, por no encuadrar de manera literal ese cargo específico en lo dispuesto por el referido numeral, no debería contar con un espacio para trabajar, ni mobiliario, ni papelería, ni equipo de oficina”.

Los magistrados dieron a Erika Briones un plazo máximo de 10 días para atender su resolución que a continuación se describe:

1.- Se declara que la responsable restringe a los actores sus derechos político electorales a ser votados en su vertiente de derecho a desempeñar el cargo por no proveerlos de un espacio físico, así como de los útiles, instrumentos y materiales de oficina necesarios para que estos puedan ejercer sus funciones.

2.- Procédase en términos del capítulo de efectos de la presente sentencia.

3.- Notifíquese en los términos indicados.

 

Seguiremos informando.

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