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Diputados aprueban en lo general la Ley Nacional de Extinción de Dominio

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 420 votos a favor, 10 en contra y nueve abstenciones, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y el Código de Procedimientos Penales, entre otras leyes.

La diputada del Partido del Trabajo (PT), Ana Ruth García Grande indicó, en el posicionamiento de su fracción parlamentaria, que con la aprobación de la Ley de Extinción de Dominio se abona al combate a la delincuencia.

“Me parece que de fondo, y lo he dicho en la reunión de comisiones unidas, cualquier tarea que lleve como teleología abatir la delincuencia, el crimen organizado, la impunidad que priva desafortunadamente en nuestro país, debe conjuntar los afanes de todos los legisladores que estamos representando en este recinto a los ciudadanos. Es un hecho que no sólo el ciudadano pretende que se persiga y se sancione a todo aquel que en este esquema de corrupción, de impunidad y de delincuencia, obtenga para sí y para su beneficio bienes con una lesión directa a los ciudadanos”, dijo.

Por su parte, la diputada del PRD, Guadalupe Almaguer Pardo, criticó que si bien se necesita aprobar una ley de extinción, la minuta a discusión hace más laxos los requisitos para que se aplique dicha acción por lo que se podría incurrir en abusos hacia los ciudadanos.

“Se optó por el diseño de una nueva ley nacional de aplicación obligatoria en el ámbito federal y local, y de un nuevo catálogo de delitos en los cuales se aplicará lo que se hizo en esta ley nacional. No fue la adecuación del procedimiento sino bajar los requisitos que debe cubrir el Ministerio Público para proceder y ampliar de una manera exorbitante el número de delitos por los cuales puede iniciarse, pensemos, pasamos de cinco categorías delictivas a 245 tipos penales.

“Adicionalmente, ahora será el ciudadano, inocente, cuyos bienes se encuentren bajo la sospecha no comprobada de que se encuentran relacionados con la comisión de delitos, quien tenga que comprobar que actuó de buena fe aunque no haya nadie en la cárcel por estos supuestos delitos.

“Estas disposiciones resultan totalmente contrarias a la naturaleza jurídica del Ministerio Público, dado que esto desvirtúa su representación social y lo contrapone a la ciudadanía. Cualquier persona que compre o rente un inmueble o compre un carro, está en riesgo de que sus bienes puedan ser objeto de un procedimiento de extinción de dominio y tendrá que demostrarle a la autoridad que no sabía de las actividades delictivas que dicen están relacionadas”, dijo.

En estos momentos se discuten las reservas presentadas en lo específico sobre diferentes artículos de la Ley de Extinción de Dominio.

El PRD y el PRI se han mostrado hasta ahora en contra de cuestiones como el catálogo de delitos en los que se podrá aplicar la ley, así como los procedimientos para aplicar la normativa.

Cabe precisar que el proyecto de ley hasta este momento tipifica que podrán ser propicios de extinción de dominio los bienes que estén relacionados con:

  • La delincuencia organizada.
  • El secuestro.
  • Los delitos en materia de hidrocarburos, petrolítiferos y petroquímicos.
  • Los delitos contra la salud.
  • La trata de personas.
  • Delitos por hechos de corrupción.
  • Los delitos cometidos por servidores públicos.
  • El robo de vehículos.
  • Los recursos de procedencia ilícita.
  • La extorsión.

En caso de que no se realicen modificaciones a la minuta y en caso de aprobarse se turnará el proyecto legislativo al Ejecutivo federal para su publicación y posterior entrada en vigencia.

Con información de El Economista.

Seguiremos informando.

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