SLPSLP (destacadas)

Doble castigo a quien atente contra las áreas naturales protegidas

El diputado Edgardo Hernández Contreras propuso duplicar las penas en el Código Penal para sancionar delitos cometidos en áreas naturales protegidas, que generen deforestación de selvas y bosques o área de valor ambiental de competencia del estado.

En la iniciativa de reforma al artículo 298 del Código Penal de San Luis Potosí, establece que se impondrá de tres meses a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de treinta a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización, al que ilícitamente derribe, tale u ocasione la muerte de uno o más árboles, explote u ocasione daño o muerte a especies vegetales endémicas, en riesgo o en peligro de extinción.

Sin embargo, las penas previstas en este artículo se duplicarán cuando uno o más de las conductas descritas en el párrafo anterior, se desarrollen en un área natural protegida, genere deforestación de selvas y bosques o área de valor ambiental de competencia del Estado, y cuando resulte cometida a nombre, bajo el amparo, o a beneficio de una persona moral, a ésta se impondrá la consecuencia jurídica accesoria consistente en la prohibición de realizar determinados negocios u operaciones hasta por cinco años.

El diputado Edgardo Hernández dijo que la política ambiental debe estar orientada a garantizar el derecho de toda persona a vivir en un ambiente sano y adecuado para su desarrollo como lo prevé el artículo 4°, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí; asimismo a preservar la salud y bienestar para las y los potosinos y potosinas.

Por tanto, en la conservación de los ecosistemas debe buscarse que los intereses de nuestra naturaleza, favorezcan en todo momento a los ciudadanos de nuestro Estado y así mismo de la Nación.

El término “deforestación” se define como la eliminación de la cubierta forestal por debajo de los umbrales respectivos. Los factores que la ocasionan son los cambios de uso de suelo, incendios, plagas, y tala ilegal.

De acuerdo con el programa estratégico forestal del Estado de San Luis Potosí, para el ejercicio 2006-2025, al menos el 70% de la madera que se comercializa en el país tiene origen ilegal y según el estudio de Evaluación de los Recursos Forestales Mundiales de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, la tasa de deforestación de México es de 155,000 hectáreas por año, de las cuales 60,000 tienen su origen en la tala clandestina.

Por ende, las actividades públicas o privadas que afectan o puedan afectar negativamente en el ambiente y en particular los recursos naturales, deben contar con autorización y cumplir con las condiciones previstas en la legislación.

Seguiremos informando.

Mostrar más
MUNICIPIO SOLEDAD GRACIANO SANCHEZ
Botón volver arriba